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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0100/2020-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0100/2020-S2

    Fecha: 17-Mar-2020

    II.2.

    II.2.  Consta Auto de Vista 346/2019 de 29 de agosto, pronunciado por Silvia Maritza Portugal Espinoza y Cesar Wenceslao Portocarrero Cuevas, Vocales de la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz -ahora demandados-, por el cual confirmaron el Auto Interlocutorio 111/2019 de 17 de julio, dictado por el Tribunal de Sentencia Penal Segundo de El Alto del mismo departamento (fs. 3 a 4).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • I.1.3. Petitorio
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Naturaleza jurídica de la acción de libertad
    • III.2.  Inviolabilidad del derecho a la defensa técnica, nombramiento de oficio
    • la inviolabilidad de la defensa técnica implica necesariamente el derecho de contar con un abogado defensor de confianza,
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • cuando la inactividad en el ejercicio de actos de defensa se deba a un acto ilegal u omisión indebida -lesiva a algún elemento del debido proceso- de parte del órgano jurisdiccional que no permitió al agraviado -imputado o acusado-, ejercer su derecho de defensa en forma amplia
    • REVOCAR

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