SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0124/2020-S3

Fecha: 16-Mar-2020

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Noveno de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 19/2019 de 16 de agosto, cursante de fs. 34 a 36, denegó la tutela solicitada, estableciendo que la actuación de los Vocales ahora accionados está debidamente fundamentada y motivada, bajo los siguientes fundamentos: a) Los Vocales hoy accionados con relación al NIT en el Considerando III numeral 2 del Auto de Vista 229/2019 se pronunciaron sobre el reclamo realizado, manifestando que efectivamente no se puede valorar nuevamente el NIT; sin embargo, consideraron que no es suficiente para acreditar la actividad laboral; b) Con referencia al riesgo procesal previsto en el art. “340”.10 -siendo lo correcto 234- del CPP, fue atendido y motivado de acuerdo al Considerando III numeral 3 del Auto de Vista 229/2019, por lo que no existe vulneración al debido proceso en sus elementos de motivación y fundamentación que afecte el derecho a la libertad del accionante; c) Si el accionante consideraba que los argumentos de los Vocales accionados eran obscuros, contradictorios o erróneos, debió pedir aclaración y complementación sobre los extremos que reclama; y, d) Los argumentos que menciona el accionante en esta acción de defensa debió exponerlos en audiencia de apelación; por lo cual, no se acreditó que los agravios denunciados sean los mismos que se denunciaron ante los Vocales ahora accionados.