Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0128/2020-S3
Fecha: 16-Mar-2020
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 22 de agosto de 2019, solicitó al Fiscal de Materia -ahora demandado-requerimientos fiscales, escrito que no consta en el cuaderno de investigaciones, situación que se aparta del art. 123 del Código de Procedimiento Penal (CPP), puesto que el Fiscal hoy demandado no consideró la celeridad con la que debe tramitarse su petición, ya que es una persona adulta mayor que pertenece a un grupo vulnerable.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 2
- a)
- 1)
- concedió
- II
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad y los alcances de protección del derecho al debido proceso
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- III.2. Análisis del caso concreto
- i)
- Respecto al primer presupuesto
- Respecto al segundo presupuesto
- REVOCAR