Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0076/2020-S1
Fecha: 17-Jul-2020
II.3.
II.3. Consta Informe de 17 de mayo de 2019, emitido por las autoridades jurisdiccionales demandadas, en el cual entre otros aspectos, refieren que, “…en ese caso el apelante Oscar Medinacelli Rojas fue notificado con la Resolución apelada N° 71/2018 de 23 de febrero de 2018 en fecha viernes 23 de febrero de 2018, teniendo los días lunes 26, martes 27 y miércoles 28 de febrero de 2018 para apelar y tal cual sale del sello de recepción del Juzgado Noveno de Instrucción se habría recepcionado el recurso recurso de apelación el día 01 de marzo de 2018, es decir fuera del plazo…” (sic [fs. 56 a 58 vta.])
- acción de amparo constitucional
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- concedió
- TCP-SP-003/2020 de 18 de marzo
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre el debido proceso
- el de respeto a los derechos
- el principio de impugnación
- Fragmento 14
- Fragmento 15
- III.3. Sobre el alcance del derecho a la defensa
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.5. Otra consideración
- CONFIRMAR
- 2° Disponer
- 3°
- MAGISTRADA
- derecho a la defensa
- , siendo situación diferente que el imputado en uso de su mejor derecho decida confesar su culpabilidad