SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0080/2020-S1

Fecha: 17-Jul-2020

i)

Lionel José Claure Bascon, Representante de la Empresa Delta Brokers Insurance S.A., por intermedio de su representante en audiencia, señaló que: i) Llama la atención la mala fe de la prenombrada; toda vez que, lo que sí es evidente es que hubo una carta por la cual se ha solicitado cheques, los cuales se entregaron en manos de la accionante; ii) Es evidente que se han presentado dos cartas solicitando una baja de la Caja CORDES, la cual ha sido entregada a la peticionante de tutela; iii) Respecto a la alta solicitada, la empresa no tiene ninguna intención de violar el mismo; puesto que, ese trámite ya fue realizado el 1 de abril de 2019; y, iv) Sobre la pregunta del porque no procedió a inscribirla a la AFP teniendo en cuenta que ya venía trabajando dos años y nueve meses, se señaló que cuando ingreso la impetrante de tutela a trabajar, las condiciones eran distintas; se debe tomar en cuenta su petición respecto a que a partir de su legal notificación se le dé respuesta a su nota, “…que ya está entregado (…) y que inmediatamente se le afilie, ya está afiliada…” (sic) dentro de 72 horas; que asimismo, el registro de reingreso del asegurado ya se realizó el 4 de junio de 2019, y el trámite ante la AFP ya se realizó el 10 de junio; por lo que, no se vulneró los derechos alegados por la accionante.

En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si tales extremos son evidentes a fin de conceder o denegar la tutela impetrada; para tal efecto, se analizarán los siguientes temas: i) Del contenido esencial del derecho a la petición y de los presupuestos para su tutela; ii) De los derechos invocados como vulnerados, en relación al embarazo de la accionante, como mujer trabajadora y la no percepción de los beneficios y asignaciones familiares que le correspondían por su estado de gestación; y, iii) Análisis del caso concreto.