Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0093/2020-S4
Fecha: 14-Jul-2020
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
La accionante, señaló como lesionado su derecho al debido proceso en sus elementos aplicación objetiva del ordenamiento jurídico, motivación de las resoluciones y valoración de la prueba; así como los principios de legalidad y seguridad jurídica; citando al efecto los arts. 115.II, 117 y 120 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Por no presentada la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público. Jurisprudencia reiterada
- III.2. Valoración de la prueba es atribución exclusiva de la jurisdicción ordinaria. Jurisprudencia reiterada
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR