Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2020-S2
Fecha: 16-Jul-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante por medio de su representante, denuncia la lesión de su derecho al debido proceso y que fue sujeto de persecución y procesamiento indebido, en razón que los Vocales demandados; no obstante, que señaló un domicilió procesal y contaba con un abogado defensor; notificaron con el señalamiento de audiencia de apelación de medidas cautelares en el tablero de Sala y designaron un defensor de oficio; quien no tenía conocimiento del proceso ni se entrevistó en ningún momento con su persona, tampoco tuvo el tiempo suficiente para preparar su defensa.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Tutela del
- III.2.
- en mérito a esta naturaleza, se configura en un elemento esencial del derecho al debido proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- Auto de Vista 36/2019
- CONFIRMAR