SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0128/2020-S4
Fecha: 17-Jul-2020
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra por el Ministerio Público, por la presunta comisión de los delitos de violencia familiar o doméstica y femicidio en grado de tentativa, se vulneraron sus derechos, al ser detenido preventivamente, consignando en el acta de audiencia de aplicación de medidas cautelares el nombre de una persona ajena a la suya, identificado como Marcelo Elmer Pita Gómez, por lo que la imputación y la medida cautelar impuesta en su contra es inexistente, mas al contrario apareció una orden instruida y mandamiento de detención, donde si señalaba su nombre, sin que haya evidencia de algún acto, disposición o procedimiento legal procesal por el que se hubiese dispuesto.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- SCP
- III.2.
- 3)Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad.
- ‘…busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos’
- tramitadas, resueltas
- III.3. Análisis de
- quince días
- CONFIRMAR