SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0128/2020-S4
Fecha: 17-Jul-2020
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración del debido proceso vinculado a sus derechos a la libertad y a la defensa; toda vez que, al advertir irregularidades en el proceso penal en su contra, presentó incidente de nulidad de obrados por defectos absolutos; sin embargo, hasta el término de interposición de la presente acción tutelar no fue resuelto por el Juez de la causa ahora demandado; asimismo solicitó a la Fiscal de Materia asignada al caso hoy codemandada, proposición probatoria debiendo nombrar un perito psicólogo para la realización de un informe psicológico de su persona, con la finalidad de obtener nuevos elementos de convicción mediante los cuales desvirtúe los motivos que dieron lugar a su detención preventiva y así tener acceso a su libertad; empero no tuvo respuesta, constituyéndose estos hechos en actos vulneratorios de derechos fundamentales.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción; caso contrario, deberá ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional
- SCP
- III.2.
- 3)Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas, para resolver la situación jurídica de la persona privada de libertad.
- ‘…busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos’
- tramitadas, resueltas
- III.3. Análisis de
- quince días
- CONFIRMAR