Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2020-S2
Fecha: 16-Jul-2020
I.1.3. Petitorio
Solicitaron se conceda la tutela, disponiendo la nulidad del Auto de Vista de 28 de junio de 2019, que revocó el Auto Interlocutorio de 13 de septiembre de 2018 y que las autoridades demandadas emitan nueva resolución pronunciándose inextenso sobre los puntos alegados en la contestación a las apelaciones de 22 de octubre de igual año.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- III.
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución, ante cualquier juez o tribunal competente, siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- ANULA
- CONFIRMAR