Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2020-S2
Fecha: 16-Jul-2020
II.3.
II.3. Consta Auto de 21 de noviembre de igual año, emitido por el Juez Público Civil y Comercial Séptimo de la Capital del departamento de Cochabamba, por el cual concedió los dos recursos de apelación contra el Auto Interlocutorio de 13 de septiembre de similar año, en el efecto devolutivo (fs. 261).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.3.
- III.
- se interpondrá por la persona que se crea afectada, por otra a su nombre con poder suficiente o por la autoridad correspondiente de acuerdo con la Constitución, ante cualquier juez o tribunal competente, siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías
- Fragmento 11
- III.2. Análisis del caso concreto
- ANULA
- CONFIRMAR