Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2020-S2
Fecha: 21-Jul-2020
II.3.
II.3. El impetrante de tutela solicitó la cesación de su detención preventiva, que mereció el Auto Interlocutorio 10/19 de 21 de agosto de 2019, por la que el Tribunal de Sentencia Penal Segundo del departamento de Santa Cruz, dio por desvirtuado el riesgo procesal previsto en el art. 234.8 del CPP, dejando subsistentes los incursos en los arts. 234.10; y, 235.1 y 2 del mismo cuerpo legal (fs. 33 a 34 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- I.3.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La tutela al debido proceso y su activación a través de la acción de libertad
- Fragmento 13
- III.2. La fundamentación y motivación de las resoluciones como elementos de la garantía del debido proceso
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- MAGISTRADA