Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0191/2020-S3
Fecha: 10-Jul-2020
II.6.
II.6. Se tiene, memorial de 19 de septiembre de 2019, presentado por los peticionantes de tutela, bajo la suma de apelación incidental, refiriendo que el Auto que los declaró rebeldes, carece de fundamento y motivación; por lo cual, en apego al art. 251 del CPP, interponen el recurso de apelación y solicitan se remitan copias legalizadas ante el Tribunal Departamental de Justicia; mereciendo que la Jueza hoy accionada emita el decreto de 23 de septiembre del mismo año, solicitándoles se adecue el petitorio a procedimiento (fs. 27 y 28).
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II
- Fragmento 16
- III.1. Sobre la inadmisibilidad de activar dos jurisdicciones en forma simultánea
- Fragmento 18
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR