Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0191/2020-S3
Fecha: 10-Jul-2020
II.7.
II.7. Consta, memorial de 23 de septiembre de 2019, presentado por los accionantes, señalando que en apego al art. 401 del CPP interponen recurso de reposición contra el decreto de 18 de igual mes y año, mencionando el acta de la asamblea de la comunidad a la que pertenecen y los certificados médicos que presentaron; por lo que, tuvieron un impedimento para asistir a la audiencia, solicitud que fue considerada por decreto de 24 del citado mes y año, señalando que de la revisión de los documentos, se advierte que la contradicción persiste, manteniendo firme y subsistente su cuestionada providencia, recomendando a los imputados actúen conforme a procedimiento (fs. 29 a 31).
- acción de libertad
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- denegó
- I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II
- Fragmento 16
- III.1. Sobre la inadmisibilidad de activar dos jurisdicciones en forma simultánea
- Fragmento 18
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR