SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0198/2020-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0198/2020-S1

Fecha: 29-Jul-2020

III.2.  Del medio idóneo de impugnación contra la aplicación de medidas cautelares

“La SCP 1124/2017-S2 de 23 de octubre, al respecto determinó que: “El Código de Procedimiento Penal, dentro del sistema de recursos que dispensa a las partes, prevé el de apelación contra las resoluciones que dispongan, modifiquen o rechacen medidas cautelares, el mismo se desarrolla como un recurso sumario, pronto y efectivo, conforme se tiene del art. 251 del señalado cuerpo legal, cuando determina que una vez interpuesto este recurso, las actuaciones pertinentes deben ser remitidas ante la ‘Corte Superior de Justicia´ -ahora Tribunal Departamental de Justicia-, en el término de veinticuatro horas, debiendo el tribunal de apelación resolver el recurso, sin más trámite y en audiencia, dentro de los tres días siguientes de recibidas las actuaciones.