Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2020-S3
Fecha: 13-Jul-2020
a)
El accionante a través de su abogado, en audiencia, ratificó de manera íntegra el contenido del memorial de acción de amparo constitucional y, ampliándolo, manifestó que: a) Se trata de una acción de hecho acontecida el 14 de junio de 2019 y conforme a las pruebas presentadas -como las declaraciones notariadas de testigos, de inspección notarial y fotografías tomadas en el lugar- se evidencia que los avasalladores permanecen en el bien inmueble; y, b) Está demostrado su derecho de propiedad de manera objetiva e irrefutable, así como su restricción debido al avasallamiento de su lote.
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1) La tutela definitiva
- tutela reparadora en el marco de la provisionalidad
- tutela preventiva en el marco de la provisionalidad
- Fragmento 18
- III.2. Presupuestos procesales para acceder a la justicia constitucional cuando se denuncian medidas o vías de hecho
- III.3.
- Fragmento 21
- CONFIRMAR