SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2020-S3

Fecha: 13-Jul-2020

III.2.  Presupuestos procesales para acceder a la justicia constitucional cuando se denuncian medidas o vías de hecho

Para el caso específico de vías de hecho vinculadas al avasallamiento, al margen de la carga probatoria desarrollada en el anterior inciso, el peticionante de tutela debe acreditar su titularidad o dominialidad del bien en relación al cual se ejerció vías de hecho, aspecto demostrado con el registro de propiedad en mérito del cual se genera el derecho de oponibilidad frente a terceros”.