Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0216/2020-S3
Fecha: 13-Jul-2020
II.2.
II.2. Consta acta de Declaración Voluntaria 01/2019 de 9 de enero, suscrita por Yenia Flores Surita -también ahora accionada-, Roberta Pereira Vda. de Flores y Adrián Flores Figueroa ante la Notaria de Fe Pública Primera de El Torno del departamento de Santa Cruz, en la que afirmaron encontrarse en posesión pública, pacífica y continua de un bien inmueble ubicado en el municipio de El Torno, zona sur este, con una extensión superficial de 6 322,99 m2, terreno que recibieron en calidad de herencia de quien en vida fue su madre, suegra y abuela, Ignacia Figueroa Arroyo, fallecida el 20 de febrero de 1994, quien compró esa propiedad de Indalicia Rioja Justiniano en 1960 (fs. 126 a 127).
- I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
- a)
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- 1) La tutela definitiva
- tutela reparadora en el marco de la provisionalidad
- tutela preventiva en el marco de la provisionalidad
- Fragmento 18
- III.2. Presupuestos procesales para acceder a la justicia constitucional cuando se denuncian medidas o vías de hecho
- III.3.
- Fragmento 21
- CONFIRMAR