SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0237/2020-S2
Fecha: 29-Jul-2020
II.1.
II.1. El 18 de octubre de 2019, la Fiscal de Materia, Vivian Ximena Sanjinés Vargas -ahora demandada-, emitió orden de aprehensión dentro de las investigaciones realizadas por el Ministerio Público a instancias de Zenón Calani Bernal, contra EE, FF y GG, por la presunta comisión del delito de violación tipificado en el art. 308 del CP, con la agravante estipulada en el art. 310 incs. a) y c) del Código referido, modificado por la Ley Integral para Garantizar a las Mujeres una Vida Libre de Violencia -Ley 348 de 9 de marzo de 2013- en relación al art. 20 del CP; disponiendo conforme a la Resolución fundamentada de aprehensión de esa fecha, que el Investigador asignado al caso o cualquier autoridad hábil y no impedida del Estado de Plurinacional de Bolivia, proceda a la aprehensión de los adolescentes descritos, hoy impetrantes de tutela, en el marco de lo regulado en el art. 287.I inc. d) del CNNA (fs.10 a 12).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- la jurisprudencia constitucional, referida es plenamente aplicable en el actual orden normativo de niñez y adolescencia; puesto que, al presente se ha instituido el nuevo Código Niña, Niño y Adolescente, norma vigente desde el 6 de agosto de 2014, cuyo art. 5, prevé un régimen especial de protección para todo los adolescentes de doce a dieciocho años y para niños desde la concepción hasta los doce años
- es inaplicable la subsidiariedad excepcional, para casos en los que se trate de niñas, niños y adolescentes, conforme los parámetros descritos
- III.2. Sobre la reserva y resguardo de la identidad de los menores
- en todo aquel proceso en el que esté involucrado un menor de edad -ya sea en calidad de agresor o de víctima- su identidad deberá mantenerse en absoluta reserva
- III.3.
- d.
- II.
- III.4. Análisis del caso concreto
- 18 de octubre de 2019, a horas 19:00
- La o el Fiscal informará a la Jueza o al Juez en el plazo de veinticuatro (24) horas y presentará su imputación a fin de que se decida su situación procesal
- CONFIRMAR