SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0237/2020-S2
Fecha: 29-Jul-2020
II.4.
II.4. El 18 de octubre de 2019, a horas 19:00, la Fiscal de Materia demandada, presentó ante el Juez Público de la Niñez y Adolescencia de turno de la Capital del departamento de Oruro, imputación formal contra los accionantes atribuyéndoles la presunta comisión del delito de violación previsto en el art. 308 del CP, modificado por la Ley 348, con la agravante descrita en el art. 310 incs. a) y c) del mismo Código, en grado de autoría (art. 20 de igual Código [fs. 18] No se adjunta toda la Resolución de imputación formal por cuanto el cuaderno de investigaciones se encontraría en el Juzgado referido, cuya autoridad judicial habría desarrollado audiencia cautelar en la misma data y hora de la audiencia de acción de libertad).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- la jurisprudencia constitucional, referida es plenamente aplicable en el actual orden normativo de niñez y adolescencia; puesto que, al presente se ha instituido el nuevo Código Niña, Niño y Adolescente, norma vigente desde el 6 de agosto de 2014, cuyo art. 5, prevé un régimen especial de protección para todo los adolescentes de doce a dieciocho años y para niños desde la concepción hasta los doce años
- es inaplicable la subsidiariedad excepcional, para casos en los que se trate de niñas, niños y adolescentes, conforme los parámetros descritos
- III.2. Sobre la reserva y resguardo de la identidad de los menores
- en todo aquel proceso en el que esté involucrado un menor de edad -ya sea en calidad de agresor o de víctima- su identidad deberá mantenerse en absoluta reserva
- III.3.
- d.
- II.
- III.4. Análisis del caso concreto
- 18 de octubre de 2019, a horas 19:00
- La o el Fiscal informará a la Jueza o al Juez en el plazo de veinticuatro (24) horas y presentará su imputación a fin de que se decida su situación procesal
- CONFIRMAR