Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0258/2020-S3
Fecha: 14-Jul-2020
II.3.
II.3. A través de providencia de 6 de mayo de 2019, la Jueza ahora accionada se pronunció sobre las observaciones realizadas por el Tribunal de Sentencia Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz, disponiendo, entre otras medidas, notificar a la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de dicho departamento, a fin que se cumplan las cuestiones pendientes del recurso de apelación y al Ministerio Público para que se adjunte el croquis del domicilio de las víctimas extrañado, dejando constancia que el sorteo no fue directo y que la dilación no fue atribuible a su persona (fs. 28 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Toda persona que considere que su vida está en peligro
- Ahora bien, el segundo pilar que estructura el contenido esencial de esta garantía, se encuentra configurado por sus presupuestos de activación, que al amparo del art. 125 de la CPE, se resumen en cuatro: a) Atentados contra el derecho a la vida; b) Afectación de los derechos a la libertad física como a la libertad de locomoción; c) Acto u omisión que constituya procesamiento indebido; y, d) Acto u omisión que implique persecución
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR