SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2020-S4

Fecha: 27-Jul-2020

Fragmento 21

             En cuanto se refiere a la Secretaria y el Auxiliar del Tribunal de Sentencia citado supra –ahora codemandados–, corresponde conceder la tutela, por cuanto ambos servidores públicos, al constituirse en personal de apoyo jurisdiccional tienen pleno conocimiento de las normas legales, plazos procesales y actuados procesales que requieren se actúe con mayor premura y cuidado, lo que en el presente caso no ocurrió puesto que, conforme se evidencia del resumen del SIREJ (Conclusión II.2), los codemandados no habrían remitido a la central de notificaciones los decretos aludidos en la presente acción de defensa; así como tampoco cursa en antecedentes que dicha repartición les hubiese rechazado las notificaciones en virtud del numeral 34 del Instructivo 7/2016 de 26 de septiembre (Conclusión II.3). Por lo que se concluye que ambos servidores públicos no procedieron diligentemente frente a una solicitud de cesación de la detención preventiva, inobservando que el actuado se encuentra vinculado al derecho a la libertad.