SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0266/2020-S4
Fecha: 27-Jul-2020
i)
Gladys Alba Franco, Jesús Rómulo Egüez Ayala y Lucio Condori Rodríguez, Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Santa Cruz, presentaron informe escrito, el 3 de octubre de 2019, cursante a fs. 35 vta.; señalando que: i) Lo manifestado por el accionante no es evidente, ya que la Jueza hoy demandada, decretó todos los memoriales en el Sistema Integral de Registro Judicial (SIREJ), es decir, dentro del plazo establecido por ley; ii) Lo denunciado en esta acción de libertad, ya fue reclamado ante esa instancia, a través de memorial de 30 de septiembre de ese año; por lo que, fue “investigado y explicado” (sic), al hoy impetrante de tutela por el personal de apoyo, quienes le expusieron los motivos por los que no pudieron remitir la notificación a la central de notificaciones;sin embargo, interpuso dicha acción tutelar; iii) De acuerdo al Instructivo 7/2016 de 26 de septiembre, emitido por el Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el punto 34 refiere que: “las actuaciones que tengan audiencias señaladas deberán ser remitidas a la central de notificaciones con setenta y dos horas de anticipación de las audiencias” (sic), de tal manera, que los servidores públicos de ese despacho, no remitieron a la central de notificaciones porque estaba fuera de plazo y no les recibirían en dicha repartición; y, iv) Los recursos extraordinarios no son sustitutivos de los ordinarios; consiguientemente, debe ser agotada la subsidiariedad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- a)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.3.
- Fragmento 10
- III.1.
- 3) Traslativo o de pronto despacho, a través del cual se busca acelerar los trámites
- busca acelerar los trámites judiciales o administrativos cuando existen dilaciones indebidas para resolver la situación jurídica de la persona que se encuentra privada de libertad, precisamente para la concreción del valor libertad, el principio de celeridad y el respeto a los derechos
- tramitadas, resueltas
- Fragmento 15
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.2.
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- CONFIRMAR en parte