SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0270/2020-S3
Fecha: 14-Jul-2020
a)
El accionante a través de su representante sin mandato ratificó de manera íntegra el contenido del memorial de acción de libertad, y ampliándolo, manifestó que: a) Se planteó la presente acción tutelar bajo la vertiente traslativa o de pronto despacho, en consideración a que se solicitó al juzgado correspondiente que realice oficios para que el Consulado General de la República Oriental del Uruguay certifique en qué estado se encuentra su trámite de extradición; empero, no recibió ninguna respuesta; b) Acudió al referido Consulado porque el AS 5/2018, emitido por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, recordó que conforme al art. 29.4 del Acuerdo sobre Extradición entre los Estados Parte del Mercosur, la República de Bolivia y la República de Chile, la persona detenida será puesta en libertad transcurridos cuarenta días corridos desde la notificación, y a la fecha de presentación de esta acción de defensa todavía se encuentra privado de libertad en el Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”; y, c) Se evidencia que la autoridad ahora demandada hizo caso omiso a sus peticiones, es más, no remitió la carpeta o file de su caso para su revisión en esta acción tutelar.
a) El art. 41.2 de la Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, establece que: “Todos los asuntos oficiales de que la misión esté encargada por el Estado acreditante han de ser tratados con el Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado receptor por conducto de él, o con el Ministerio que se haya convenido” (las negrillas son nuestras); y,
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- Fragmento 5
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Legitimación pasiva en la acción de libertad
- que la acción sea dirigida contra la autoridad, funcionario o persona que cometió el acto ilegal u omisión indebida que atenta contra el derecho a la libertad, o a la vida, ya sea a través de una persecución, procesamiento o detención ilegales o indebidas
- en los casos en que la acción de libertad es emergente de un proceso judicial ordinario, como sucede en este caso, la exigencia de la legitimación pasiva debe ser necesariamente cumplida por el accionante
- b)
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- En cuanto a la citación con la demanda de acción de libertad al
- CONFIRMAR
- 2º