SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0271/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0271/2020-S4

Fecha: 27-Jul-2020

Al ser    considerada como el medio de defensa que tutela dichos derechos,        tiene tramitación sumarísima y su uso debe ser mesurado,      evitando su activación de forma reiterada, más aún si coinciden          los sujetos activos y pasivos, si son idénticos los argumentos y     fundamentos, y si tienen el mismo objeto

Este Tribunal, refiriéndose al uso mesurado de la acción de libertad, en      la SC 1142/2010-R de 27 de agosto, estableció que: ‘Al ser    considerada como el medio de defensa que tutela dichos derechos,        tiene tramitación sumarísima y su uso debe ser mesurado,      evitando su activación de forma reiterada, más aún si coinciden          los sujetos activos y pasivos, si son idénticos los argumentos y     fundamentos, y si tienen el mismo objeto. Esta doble activación          resulta inadmisible no sólo por la efectividad de los derechos, sino también          por la saludable certeza de evitar duplicidad de fallos en los que concurran          las cualidades detalladas, pues de permitirse la coexistencia de dos   resoluciones en las que coincidan la tres identidades, estaríamos frente a la         imposibilidad de ejecutar las mismas ante la eventualidad de que sean   contradictorias’’’ (las negrillas nos pertenecen).