SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0297/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0297/2020-S3

Fecha: 22-Jul-2020

III.2.2.

Con relación a los derechos a la vida, a la alimentación, a la salud y a la seguridad social, si bien el accionante hace referencia a los mismos en su acción de amparo constitucional, los vincula con el presunto acto lesivo concerniente al incumplimiento de la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDTSC/JI/CONM 019/2019; empero, por los fundamentos precedentemente expuestos respecto a la referida determinación administrativa, y la imposibilidad de ordenar su cumplimiento mediante esta vía constitucional por carecer de razonabilidad, no corresponde efectuar pronunciamiento respecto a los mismos, cuyo eventual análisis -en la dimensión que podría corresponder- se encuentra supeditado a la imposibilidad de un examen de fondo asumido con relación al denunciado incumplimiento de la referida Conminatoria, por lo que corresponde denegar la tutela impetrada.

Finalmente, respecto al reconocimiento de su personalidad, capacidad y dignidad, no se constata desarrollo argumentativo necesario por el cual se establezca que el hoy demandado hubiera lesionado tales derechos del impetrante de tutela; en tal sentido, sobre los derechos mencionados de igual manera corresponde denegar la tutela solicitada.