SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0304/2020-S3
Fecha: 15-Jul-2020
Fragmento 19
Así, se advierte que los supuestos actos lesivos reclamados por el accionante, consistentes en que los Jueces ahora accionados no valoraron el justificativo presentado respecto a su inasistencia a la audiencia de 11 de octubre de 2019 y libraron mandamiento de aprehensión en su contra, el cual fue firmado únicamente por el Presidente del Tribunal de Sentencia Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz, desaparecieron con la emisión de la providencia de 17 de octubre de 2019, que dejó sin efecto el mandamiento de aprehensión dispuesto en esa oportunidad, siendo, en consecuencia, aplicable la sustracción de materia o pérdida del objeto procesal, por cuanto, el acto reclamado ya fue efectivizado antes de la interposición de esta acción tutelar -presentada el 3 de noviembre de 2019-, correspondiendo observar los parámetros jurisprudenciales establecidos en el Fundamento Jurídico III.1. de este fallo constitucional, por lo que este Tribunal Constitucional Plurinacional se ve impedido de emitir un pronunciamiento sobre el fondo de la problemática planteada, correspondiendo denegar la tutela.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Improcedencia de la acción de libertad por sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- 2)
- debieron ser denunciados ante las mismas autoridades ahora accionadas
- REVOCAR