SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0317/2020-S3
Fecha: 22-Jul-2020
Fragmento 22
De la lectura y análisis de los fundamentos del Auto de Vista SFNA 105/2019, ahora cuestionado de vulnerar los derechos del impetrante
de tutela, relacionada al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia; de acuerdo a la jurisprudencia establecida por este Tribunal Constitucional Plurinacional, en cuanto al derecho a la debida fundamentación, estableció que cualquier decisión sea ésta emitida en el ámbito judicial, disciplinario o administrativo, debe responder a razones coherentes al caso concreto y a un análisis jurídico en base a principios y valores supremos orientadores para el juzgador, estableciendo de manera clara que la decisión asumida deviene de un análisis lógico y razonado en base a los actuados procesales y la normativa pertinente, que demuestre indefectiblemente que el razonamiento asumido fue el correcto y que no cabría una decisión diferente, dejando el convencimiento de que el fallo fue el adecuado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.1.
- II.2.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- La revisión de la actividad interpretativa que realizan otras jurisdicciones que involucra el análisis de la motivación, congruencia, adecuada valoración de los hechos (valoración de la prueba) y adecuada valoración del Derecho (interpretación de las normas), no es la labor propia de la justicia constitucional; empero, es insoslayable que las autoridades jurisdiccionales no se encuentran habilitadas a vulnerar derechos fundamentales, y en esa dimensión esta jurisdicción constitucional se encuentra habilitada a vigilar que en todo fallo, providencia o
- III.2. El debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación y congruencia de las resoluciones
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- un supuesto de 'motivación arbitraria' es cuando una decisión coincide o deviene de la valoración arbitraria, irrazonable de la prueba o, en su caso, de la omisión en la valoración de la prueba aportada en el proceso
- III.3. Análisis del caso concreto
- Fragmento 22
- Fragmento 23