SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0342/2020-s3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0342/2020-s3

Fecha: 16-Jul-2020

cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados de serlo

En ese contexto, corresponde precisar que conforme a la jurisprudencia desarrollada en el Fundamento Jurídico III.1. de este fallo constitucional, la acción de amparo constitucional no procederá cuando exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados de serlo; sin embargo, para aplicar la excepción al principio de subsidiaridad cuando sea previsible un daño irreparable o irremediable o el medio de defensa resulte ineficaz, el accionante, tiene la obligación de probar a través de medios objetivos, el riesgo de daño grave e irremediable que pueda producirse en caso de no concederse la tutela en la jurisdicción constitucional de manera inmediata, no siendo suficiente describir los hechos que en criterio del accionante, puedan ocasionar daños irreparables a sus derechos y, explicar por qué el agotamiento de las vías legales podrían resultar tardías para reparar de forma inmediata los presuntos derechos conculcados.

En virtud a estos antecedentes, la parte accionante mediante sus representantes legales, solicitó a través de la presente acción tutelar se anulen los Autos 735 y 754 de 8 y 16 de agosto de 2019 respectivamente y se dejen sin efecto las medidas cautelares dispuestas por la autoridad accionada en las referidas resoluciones al no cumplir dichos fallos fundamentalmente con la motivación, fundamentación y congruencia como elementos del debido proceso.