SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0383/2020-S3
Fecha: 27-Jul-2020
II.4.
II.4. Por memorial presentado el 19 de junio de 2019, el ahora tercero interesado solicitó se libre el correspondiente mandamiento de desapoderamiento de los ocupantes y poseedores del bien inmueble que se adjudicó a su favor, sea con ayuda de la fuerza pública y en caso necesario allanamiento de domicilio de existir resistencia, todo ello a consecuencia del informe emitido por el Oficial de Diligencias de su juzgado con la finalidad de dar cumplimiento al art. 427.II del CPC, mereciendo como respuesta el decreto de 24 de igual mes y año, mediante el cual la citada autoridad judicial dispuso que por Secretaría se franquee el correspondiente mandamiento de desapoderamiento y sea con la facultad de allanamiento conforme al art. 9 del mencionado Código a efecto de entregar el referido bien inmueble al ahora tercero interesado (fs. 171 y vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- que ésta no procede contra resoluciones judiciales o administrativas que pudieran ser modificadas o suprimidas por cualquier otro recurso
- 2) las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa,
- CONFIRMAR