ONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0402/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0402/2020-S3

Fecha: 03-Ago-2020

segundo presupuesto

En cuanto al segundo presupuesto, tampoco se advierte un absoluto estado de indefensión, toda vez que el accionante se encuentra ejerciendo activamente su derecho a la defensa, participando en la tramitación del proceso penal iniciado contra su persona, tal como se tiene a partir de los antecedentes que cursan en obrados; extremos que se evidencian precisamente a partir de su solicitud de cesación de la detención preventiva presentada ante el Juez ahora accionado, quien dio curso a lo pedido a través del Auto Interlocutorio 554/2019; en consecuencia, tampoco concurre el segundo presupuesto establecido para la procedencia de la acción de libertad por presuntas irregularidades que afecten el debido proceso.

En ese marco, conforme al análisis precedentemente efectuado, corresponde que el accionante active los medios y/o mecanismos procesales en la vía ordinaria procurando el resguardo, protección y restablecimiento de sus derechos; sin embargo, en caso de persistir los mismos, aun habiendo agotado la vía ordinaria, tiene la posibilidad de acudir a esta jurisdicción vía acción de amparo constitucional, que es el mecanismo de protección idóneo para la tutela del derecho al debido proceso cuando las presuntas irregularidades denunciadas no se encuentran vinculadas al derecho a la libertad.