SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2020
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0015/2020

Fecha: 24-Ago-2020

De todo lo expuesto, se concluye que tanto los jueces agrarios (ahora agroambientales) como los ordinarios tienen competencia para conocer acciones reales, personales y mixtas; pero la diferencia está en que los primeros conocen las derivadas de la propiedad, posesión y actividad agraria,

Conforme a este marco normativo, la SCP 0007/2018 de 14 de marzo, citando a los lineamientos jurisprudenciales señalados en la SCP 0003/2016 de 14 de enero, concluyó en lo pertinente que: De todo lo expuesto, se concluye que tanto los jueces agrarios (ahora agroambientales) como los ordinarios tienen competencia para conocer acciones reales, personales y mixtas; pero la diferencia está en que los primeros conocen las derivadas de la propiedad, posesión y actividad agraria,…” (las negrillas y el subrayado nos pertenecen).