SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0289/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0289/2020-S2

Fecha: 04-Ago-2020

II.2.

II.2.    Subsanada la demanda descrita en la Conclusión II.1 (fs. 36); mediante Auto de 10 de mayo de 2016, la Sala Social Contenciosa y Contenciosa Administrativa Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, la admitió ordenando correrla en traslado al Honorable Consejo Universitario de la UPEA, para que fuese contestada en el plazo de ley, determinando igualmente la citación al tercero interesado (fs. 37). Al respecto el Rector de la Universidad indicada, como tercero interesado, presentó memorial el 19 de septiembre de 2016, oponiendo excepciones de falta de competencia y litispendencia (fs. 45 a 46 vta.).