Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0330/2020-S1
Fecha: 14-Ago-2020
concedió
La Sala Constitucional Segunda del departamento de Santa Cruz, mediante Resolución de 26 de agosto de 2019, cursante de fs. 79 a 85, concedió la tutela solicitada y dispuso se dé cumplimiento de forma íntegra de la conminatoria emitida por el Ministerio de trabajo JDTSC/JI/CONM. 048/2019 de 27 de junio, la misma que ordena la reincorporación inmediata a su fuente laboral en el mismo puesto que ocupaba en la empresa, reponiendo los sueldos devengados desde el despido injustificado en aplicación al Decreto Supremo (DS) 0495 de 1 de mayo de 2010, manteniendo su antigüedad y demás derechos que corresponden por ley.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- concedió
- i
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- II.1.
- a)
- III.1.
- por una parte
- Por otra parte
- III.2. Análisis del caso concreto
- III.3 Sobre la tramitación y celebración de la audiencia de la acción de amparo constitucional
- CONFIRMAR
- 1° CONCEDER
- 2)
- 3)
- protección de las
- al emitirse una resolución que conmine la reincorporación, ello no debe significar que de manera inmediata, la jurisdicción constitucional, haga cumplir la misma tal cual se refirió, como si fuera una instancia más, que ordene la automática reincorporación del trabajador a su fuente laboral, en su caso, el Tribunal Constitucional Plurinacional, en la revisión de los procesos puestos en su conocimiento, debe hacer una valoración integral de todos los datos del proceso, los hechos y los supuestos derechos vulnerados, y después de ello, haciendo prevalecer la “verdad material” sobre la verdad formal