SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0332/2020-S2

Fecha: 12-Ago-2020

i)

i)     La valoración de la prueba efectuada por la Jueza inferior fue correcta; debido a que, la obligación de demostrar la capacidad económica de la empresa contratante de los servicios del ahora solicitante de tutela, deviene de anteriores audiencias de cesación y dicho requisito es razonable, considerando la existencia de un contrato de trabajo a futuro, pues es necesario que la compañía empleadora cuente con recursos económicos suficientes para justificar la necesidad de contratar al peticionante de tutela; y,