Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0337/2020-S2
Fecha: 12-Ago-2020
II.2.
II.2. El 20 de julio de 2019, Enrique Salvatierra Camacho, Investigador Policial emitió el Informe de “CUMPLIMIENTO AL MANDAMIENTO DE DETENCIÓN PREVENTIVA AUTO SUPREMO 5/2018” (sic), ante el Director Departamental de la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL) de Santa Cruz, en la cual, describió los datos personales y las circunstancias en las que fue notificado Javier Eduardo Rivero Gonzales de nacionalidad uruguaya con el mandamiento de detención preventiva con fines de extradición y conducido al Centro de Rehabilitación Santa Cruz “Palmasola”, en cumplimiento al mencionado mandamiento (fs. 56 y vta.; y, 67 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.2. Informe de los demandados
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La carga de la prueba en acción de libertad
- el actor demuestre o acredite con la prueba pertinente la supuesta vulneración que acusa; toda vez que, el fallo o determinación que se asuma debe obedecer a la certidumbre sobre si en efecto se ha violado o está amenazado el derecho de locomoción, ya que no es suficiente la manifestación del actor
- III.2. Análisis del caso concreto
- no consta en obrados dicho escrito, ni la nota de recepción ante el aludido Tribunal
- CONFIRMAR