SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0401/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0401/2020-S4

Fecha: 26-Ago-2020

III.4.  Análisis del caso concreto

En el caso presente, la impetrante de tutela, denuncia la vulneración de sus derechos a la vida y a la libertad, debido a que dentro del proceso penal seguido en su contra por la presunta comisión del delito de estafa, fue sometida a una audiencia de medidas cautelares realizada el 29 de noviembre de 2019, en el Tribunal de Sentencia Segundo del departamento de La Paz, donde los Jueces –hoy demandados–, emitieron la Resolución 343/2019; por la que dispusieron la aplicación de medidas sustitutivas a la detención preventiva, consistentes en la detención domiciliaria, fianza económica, arraigo y otras, que debían ser cumplidas en el plazo de setenta y dos horas, según consta en la Conclusión II.1 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional; sin embargo, una vez que terminó la audiencia referida fue conducida a celdas judiciales mientras se cumplieran dichas medidas.

Estando detenida desde el 30 de noviembre hasta el 3 de diciembre de 2019, refiere la accionante que debido a un sangrado vaginal, tuvo que ser evacuada de emergencia al Hospital de la Mujer de La Paz, donde fue diagnosticada con un embarazo de diez semanas con posible amenaza de aborto; en tal sentido, el hecho de estar retenida en el referido hospital, enmanillada a una cama, provoca un riesgo a su vida y la del ser en gestación, puesto que una vez dada de alta, existe la posibilidad de que sea nuevamente conducida a celdas judiciales debido a que las autoridades jurisdiccionales hoy demandadas, a pesar de haber dispuesto la medida sustitutiva de detención domiciliaria en su favor, no dictaron el correspondiente mandamiento de detención domiciliaria, provocando que sea sometida a una condena anticipada y una detención prolongada, con la agravante de que sus custodias policiales, no le permitieron comunicarse con sus familiares, alegando motivos de seguridad.