SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0401/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0401/2020-S4

Fecha: 26-Ago-2020

mujeres embarazadas

Tratándose de personas que están comprendidas dentro de los grupos vulnerables, como es el caso de los menores de edad, las mujeres gestantes o madres de niños lactantes, adultos mayores o enfermos de gravedad, no se aplica la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, conforme estableció la jurisprudencia constitucional. Así la SCP 0131/2014-S2 de 11 de noviembre, señaló que: “…Al ser una excepción a la regla, la aplicación de la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, se encuentra limitada no sólo por el cumplimiento de los supuestos que le rigen, sino también por 7 determinadas circunstancias donde se constate que el agraviado y/o accionante, está frente a un daño irreparable; ya sea por la naturaleza de los derechos que se denuncian vulnerados (como es el derecho a la vida que no admite restricciones en su ejercicio); por el grado de indefensión del agraviado y/o accionante (evidente negligencia o dilación de autoridades que rigen la actividad procesal penal, falta de defensa idónea, etc.); o por la vulnerabilidad del agraviado −y/o accionante− (menores de edad, mujeres embarazadas o con hijos lactantes, personas de la tercera edad, enfermos graves o personas que merezcan protección especial del Estado). Circunstancias en la cuales, aun concurriendo los supuestos de aplicación de la subsidiariedad excepcional, corresponde ingresar al análisis del fondo, sea concediendo o negando la tutela.