SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0413/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0413/2020-S3

Fecha: 07-Ago-2020

a)

Solicita se conceda la tutela impetrada y en consecuencia se disponga lo siguiente: a) Se deje sin efecto el Memorándum Cite URRHH-207/2019; b) Se disponga su inmediata reincorporación al mismo cargo del cual fue despedida, sea con la cancelación de sus haberes devengados desde su destitución hasta el momento efectivo de su reincorporación laboral más el pago de sus demás derechos suspendidos durante la cesantía laboral; y, c) En ejecución de sentencia la entidad demandada cancele daños y perjuicios.

Asimismo, en audiencia de acción de amparo constitucional, mediante sus abogados, ratificó el contenido del referido informe, puntualizando lo siguiente: a) Si bien se presentó recurso de revocatoria contra el memorándum de agradecimiento, éste fue resuelto mediante RA de Recurso de Revocatoria DIR.SEDES 03/2019, que fue notificado de manera personal a la accionante el 19 de junio de igual año; sin embargo, sorprende que esa misma fecha la prenombrada presente una nota al Director Departamental del SEDES Chuquisaca retirando voluntariamente el indicado recurso, infiriendo que éste se constituiría en un acto consentido, además que no se agotó la vía administrativa; por lo que, tampoco se cumplió el principio de subsidiariedad; y, b) En los mismos términos del informe escrito presentado, se hizo hincapié al hecho de que la peticionante de tutela es una funcionaria de libre nombramiento y no así de carrera.