AUTO CONSTITUCIONAL 0123/2020-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0123/2020-RCA

Fecha: 22-Sep-2020

i)

Refiere que: i) El Auto impugnado únicamente conceptualizó la suspensión del plazo desde el 21 de marzo de 2020 hasta el 6 de julio del mismo año, olvidando el comunicado emitido por el Consejo de la Magistratura que dispuso la suspensión total de actividades del Órgano Judicial el 4 de noviembre de “2020”, que tuvo una duración de más de veintiún días, lo cual interrumpe el plazo para activar las acciones constitucionales; y, ii) No se tomó en cuenta el principio dispositivo que rige en materia constitucional y todas las áreas conforme lo dispone la circular “Nro 08 de 2020 de fecha 15 de julio” (sic) emitida por el Tribunal Supremo de Justicia, que indica que con la finalidad de preservar el orden jurídico en tiempos de pandemia se debe aplicar los principios constitucionales pro homine y pro actione, hecho que se aplica a la causa en análisis.