SCP 0494/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SCP 0494/2020-S3

Fecha: 21-Sep-2020

‘…El Amparo Constitucional no es un instrumentos alternativo o sustitutivo de las acciones ordinarias que la Constitución y la ley asignan a las distintas jurisdicciones

En efecto, siguiendo el entendimiento asumido por La SCP 0869/2020-S3 de 30 de noviembre, que cita a la SCP 0029/2017-S2 de 6 de febrero, sobre el principio de subsidiariedad en las acciones de amparo constitucional, se tiene que: “En ese entendido, (…) sobre la subsidiariedad dentro la acción de amparo constitucional ha establecido mediante la SC 0273/2010-R de 7 de junio, que: ‘…El Amparo Constitucional no es un instrumentos alternativo o sustitutivo de las acciones ordinarias que la Constitución y la ley asignan a las distintas jurisdicciones, según su especialidad…’”; lo contrario implicaría violentar el orden jurídico, afectando la independencia de las demás jurisdicciones, desnaturalizando  la acción de amparo constitucional como tal, que en esencia es una acción de protección de derechos fundamentales y garantías constitucionales y no un recurso o mecanismo procesal.