SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0395/2020-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0395/2020-S2

Fecha: 09-Sep-2020

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante denuncia la lesión de sus derechos a la libertad y al debido proceso en sus componentes de motivación y fundamentación; debido a que, la autoridad demandada, en conocimiento del recurso de apelación incidental que rechazó su solicitud de cesación de la detención preventiva, lejos de reparar las irregularidades del Juez a quo, revocó en parte el fallo impugnado mediante el Auto de Vista 04/2020 de 2 de enero, manteniendo latentes los riesgos procesales previstos en los arts. 234.7 y 235.2 del CPP, sin considerar que demostró no tener antecedentes penales ni policiales menos ser proclive a ser violento, además sin observar que la jurisprudencia constitucional estableció para la concurrencia del primero contar con sentencia condenatoria ejecutoriada. Asimismo, dicha determinación, no precisó a las víctimas ni la manera en la que se constituiría en un peligro para ellas, menos razonó en sentido del espíritu de la Ley 1173, sobre el régimen de medidas cautelares, que prevé la obligación del Ministerio Público y del querellante el demostrar la concurrencia de los riesgos procesales, infringiendo el mandato legal del art. 124 del citado Código que exige una decisión fundamentada; Resolución apartada de los márgenes de razonabilidad, proporcionalidad y objetividad.