Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0419/2020-S4
Fecha: 09-Sep-2020
I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela; y en consecuencia, se deje sin efecto el Auto de Vista de 27 de noviembre de 2019, y se ordene a la autoridad demanda emita una nueva resolución que responda de manera directa y sin declarar nulidades los puntos de falta de fundamentación y valoración de la prueba denunciados de su parte, debiendo definirse si debe modificarse la medida sustitutiva a la detención preventiva, respecto a la prohibición de acercamiento a la Alcaldía de Potosí para el ejercicio de su derecho al trabajo.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- al tribunal de apelación no le está permitido anular obrados cuando verifique que el juez de instrucción omitió explicar los motivos que le llevaron a determinar, rechazar o modificar una medida cautelar, o que lo hizo, pero de manera insuficiente
- III.2.
- REVOCAR