SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0419/2020-S4
Fecha: 09-Sep-2020
II.1.
II.1. Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra Ximena Lourdes Prieto Barragán, por la presunta comisión de los delitos de cohecho pasivo propio, uso indebido de influencias, beneficios en razón del cargo y concusión, el 27 de septiembre de 2019, se llevó a cabo audiencia de modificación de medidas cautelares a cargo del Tribunal de Sentencia Penal Primero del departamento de Potosí, (fs. 2 a 5 vta.), emitiendo el Auto Interlocutorio de la misma fecha, por la que dicho Tribunal, denegó la solicitud de la accionante, de dejar sin efecto la prohibición de acercarse a las instalaciones del Gobierno Autónomo Municipal de Potosí, para que pueda asumir el cargo de Concejal de dicho Municipio; Resolución, que al final de la audiencia, fue objeto de recurso de apelación incidental (fs. 5 vta., a 7 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- al tribunal de apelación no le está permitido anular obrados cuando verifique que el juez de instrucción omitió explicar los motivos que le llevaron a determinar, rechazar o modificar una medida cautelar, o que lo hizo, pero de manera insuficiente
- III.2.
- REVOCAR