Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0424/2020-S4
Fecha: 09-Sep-2020
denegó
El Juez del Tribunal de Sentencia Penal Primero de El Alto del departamento de La Paz, constituido en Tribunal de garantías, a través de la Resolución 20/2019 de 18 de diciembre, cursante de fs. 27 a 29, denegó la “acción de libertad”, bajo los siguientes fundamentos: i) Al haberse interpuesto recurso de apelación contra la Resolución 371/2019 y el Auto de complementación y enmienda que fue concedido encontrándose pendiente de resolución; y, ii) La denuncia que formuló el accionante sobre la vulneración del debió proceso en sus vertientes motivación y fundamentación, no tiene vinculación directa con su derecho a la libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- Fragmento 5
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho la libertad y a la persecución o procesamiento indebido deben ser utilizados previamente por el o los afectados; en estos casos por tanto, la acción de libertad operará solamente en caso de no haberse restituido los derechos afectados a pesar de haberse agotado estas vías específicas
- no es posible activar simultáneamente dos jurisdicciones, para que ambas al mismo tiempo se pronuncien sobre hechos denunciados como ilegales; por lo que, conllevaría a una disfunción procesal contraria al orden jurídico; con la posibilidad de que existan dos resoluciones paralelas tanto de la justicia ordinaria como de la justicia constitucional, situación que ratifica la denegatoria de la tutela
- Fragmento 14
- III.2. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- CONFIRMAR