SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0426/2020-S3
Fecha: 02-Sep-2020
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Celebraron un contrato verbal de alquiler de un departamento para vivienda con el ahora accionado, habitando el inmueble desde el año 2017, junto con su familia. Por motivos de salud tuvieron que ausentarse a la ciudad de Cochabamba, dejando a su hija al cuidado de su hermana. En su momento, explicaron al propietario del inmueble las razones del viaje, pagando el alquiler por adelantado hasta el mes de abril de 2019. Sin embargo, a raíz de la prolongación de su estadía en la ciudad mencionada, el 17 de mayo de igual año, el accionado de forma abusiva y arbitraria procedió a cortar la energía eléctrica, y al día siguiente ingresó al inmueble pateando la puerta hasta romperla, sin considerar el estado delicado de salud de su hija, quien adolece de hipotiroidismo e hipocalcemia como resultado de una cirugía de bocio tóxico multi-modular con opresión total, lo que le impide tener emociones violentas, provocando con su accionar que esta deba ser internada en el hospital.
A su retorno se percataron que el accionado ingresó sin autorización al departamento, y que además vació y se apropió de todos sus bienes y enseres personales, entre ellos, documentos de propiedad de su movilidad; así también, puso una reja en la puerta del departamento, y posteriormente, los expulsó a la calle.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- el fundamento constitucional que sustenta la procedencia excepcional de una tutela ante medidas de hecho, -ante cualesquier acto- es que en un Estado de Derecho, no es legal ni válido que una autoridad pública o un particular, invocando supuesto ejercicio 'legítimo' de sus derechos subjetivos, se arrogue facultades y adopte medidas de hecho
- actos ilegales arbitrarios que desconocen y prescinden de las instancias legales y procedimientos que el ordenamiento jurídico brinda, realizando justicia directa, con abuso del poder que detentan frente al agraviado, actos que resultan ilegítimos
- III.2. Los documentos notariales y su valor probatorio
- El
- Fragmento 15
- Es la autoridad legítima para que otorgue autenticidad en la relación de verdad entre lo dicho, lo ocurrido y lo documentado’
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte
- 2°