SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0432/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0432/2020-S3

Fecha: 02-Sep-2020

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

En el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra su persona a denuncia de Jeancarla Murguía Guzmán y Cándida Dora Terrazas, por la presunta comisión del delito de violación de infante, niña, niño o adolescente, previsto y sancionado por el art. 308 bis del Código Penal (CP), el Juez hoy accionado en suplencia legal por vacación judicial del Juez de Instrucción Penal y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la EPI-SUR de la Capital del departamento de Cochabamba, en audiencia de cesación de la detención preventiva de 16 de diciembre de 2019, denegó dicha solicitud, manteniendo su detención preventiva de manera injusta y arbitraria; razón por la cual, en el mismo acto procesal de forma oral formuló recurso de apelación incidental al amparo del art. 251 del Código de Procedimiento Penal (CPP); sin embargo, hasta la fecha de interposición de esta acción tutelar -se entiende 20 de diciembre de 2019-, dicho recurso no fue remitido al Tribunal de alzada, cuando la remisión debió ser cumplida en el plazo de veinticuatro horas, incurriendo en dilación indebida al haber transcurrido súper abundantemente el plazo establecido en la citada norma.

Asimismo, la Secretaría del Juzgado de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de Cochabamba le indicó a su abogado, que debía “sacar” las fotocopias del legajo del recurso de apelación para que sea remitido al Tribunal de alzada, a pesar que el principio de gratuidad se encuentra reconocido en el art. 115 de la Constitución Política del Estado (CPE).

El accionante a través de sus representantes sin mandato denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad, al debido proceso y a la “garantía” -lo correcto es principio- de seguridad jurídica, citando al efecto los arts. 115 de la CPE; y, 1, 2 y 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH).