SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0453/2020-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0453/2020-S4

Fecha: 16-Sep-2020

Fragmento 15

Tal razonamiento fue reiterado y ampliado en la SCP 0525/2018-S4 de 12 de septiembre, citando la jurisprudencia desarrollada por la SCP 0177/2014 de 30 de enero, sostuvo que: “Conforme lo establece el Código de Procedimiento Penal el recurso de apelación incidental procederá contra aquellas resoluciones que resuelvan medidas cautelares o su sustitución (art. 403 inc. 3), de igual manera el art. 251 del CPP, determina que toda resolución que disponga, modifique o rechace medidas cautelares, será apelable, en el efecto no suspensivo, en el término de setenta y dos horas. Una vez interpuesto el recurso las actuaciones pertinentes deberán ser remitidas ante el Tribunal Departamental de Justicia, en un plazo de veinticuatro horas.