SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0470/2020-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0470/2020-S3

Fecha: 02-Sep-2020

II.4.

II.4.  Mediante Auto 115/19 de 26 de marzo de 2019, Erwin Jiménez Paredes y Alain Núñez Rojas, Vocales de la Sala Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz -ahora accionados- revocaron el Auto 554/2018 y deliberando en el fondo dispusieron que el cálculo de daños y perjuicios sea desde el momento en que la Sentencia 57 adquirió ejecutoria, es decir, desde el 23 de mayo de 2012 cuando se dictó el Auto Supremo 63 hasta la fecha de pago que fue el 14 de marzo de 2014, debiendo el Juez de la causa calificar los daños con probidad y acorde al principio de verdad material (fs. 10 a 13), determinación que le fue notificada a la hoy accionante el 22 de abril de 2019 (fs. 14).