Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0500/2020-S4
Fecha: 29-Sep-2020
II.1.
II.1. Cursa Acta de audiencia de 24 de enero de 2020, suscrita por Erika Neptali Aranda Uzquiano, Jueza de Instrucción Penal Primera de la zona Sur de La Paz, en suplencia legal de su similar Sexta, que evidencia la consideración de revocatoria de medidas sustitutivas dentro del proceso seguido por el Ministerio Público contra Yenny Prado Saavedra –ahora accionante–, por la presunta comisión del delito de cohecho pasivo, constando que al final de la audiencia la defensa de la imputada interpuso recurso de apelación incidental (fs. 149 a 160 vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico, aún en el supuesto de que dicho medio o recurso no sea el más idóneo, eficaz o inmediato, es lógico suponer que tampoco procede esta acción tutelar en aplicación de la excepción de subsidiariedad, ello debido a que el recurrente, actual accionante, no puede activar dos jurisdicciones en forma simultánea para efectuar sus reclamos
- III.2.
- CONFIRMAR